{"id":1485,"date":"2024-08-16T15:36:52","date_gmt":"2024-08-16T15:36:52","guid":{"rendered":"https:\/\/blogdeosvaldonemirovsci.com.ar\/?p=1485"},"modified":"2025-02-01T14:34:28","modified_gmt":"2025-02-01T14:34:28","slug":"constitucionalismo-social-la-rioja-y-la-proteccion-de-derechos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogdeosvaldonemirovsci.com.ar\/?p=1485","title":{"rendered":"Constitucionalismo social, La Rioja y la protecci\u00f3n de derechos"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.infobae.com\/opinion\/2024\/08\/16\/constitucionalismo-social-la-rioja-y-la-proteccion-de-derechos\/\">Publicado en Infabae<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4>Una carta magna con sentido social es una voluntad aspiracional de derechos que a la vez que rige para el presente.<\/h4>\n<p>En una Argentina que, en virtud de la decisi\u00f3n soberana de una elecci\u00f3n presidencial, existe un gobierno que marcha hacia atr\u00e1s invocando modernidades, es bueno ir para adelante recuperando los valores del\u00a0<b>constitucionalismo social<\/b>.<\/p>\n<p>Ese modelo con vigorosa presencia regulatoria al m\u00e1s alto nivel de la legalidad de los pa\u00edses, llenaba sus articulados con derechos, nuevos y viejos sin aplicar. En cada uno de ellos quedaban plasmadas originales obligaciones para los Estados en cuanto a asegurar mejor calidad de vida para sus conciudadanos.<\/p>\n<p>Hay algunos hitos en este constitucionalismo social como\u00a0<b>M\u00e9xico 1917, Weimar 1919, la provincia de Santa Fe 1921, Argentina 1949<\/b>. Pero tambi\u00e9n se inscriben en esta calidad las constituciones de\u00a0<b>Estonia 1920, Polonia 1921, Espa\u00f1a 1931, Bolivia 1938 y Colombia 1991<\/b>\u00a0entre otras muchas m\u00e1s.<\/p>\n<p>No es un tema de \u00e9pocas sino de lo que se desea lograr con el hecho constitucional. Esto lo aclaro en virtud de que no faltan quienes asignan al constitucionalismo social, una ubicaci\u00f3n en el pasado, como si el establecimiento formal de derechos pudiese tener tiempos de vencimiento.<\/p>\n<p>En general, las constituciones no se hacen en la convicci\u00f3n \u00fanica de formalizar obligaciones para la actualidad, sino que\u00a0<b>miran al futuro<\/b>, y prescriben lo que debe conseguirse con el paso del tiempo.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Una Constituci\u00f3n con sentido social, es una voluntad aspiracional de derechos, que a la vez que rige para el presente, asienta en la \u201cpiedra\u201d firme de una Carga Magna obligaciones para el futuro.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Es frecuente ver en las normas constitucionales de tipo tradicional cierta regulaci\u00f3n que pretende impedir la existencia de abusos de poder, la preservaci\u00f3n de derechos para las personas y ciertas valoraciones administrativas y legales sobre la ubicaci\u00f3n de los distintos poderes de un pa\u00eds (Ejecutivo, Legislativo, Judicial). Este tipo de constituci\u00f3n semeja una suerte de documento legal que asegura cumplimientos de derechos previos y modela la institucionalidad de una sociedad.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Lo social, cuando adquiere valor constitucional es m\u00e1s una visi\u00f3n integral, fundada sobre carencias en los resguardos de derechos y pretende poner un piso de obligaciones que conecte con el futuro.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Una constituci\u00f3n del tipo liberal y de garant\u00edas individuales, en lo general, se dicta luego de procesos o revolucionarios o de intensidad en conflictos civiles (como la nuestra de 1853, que es el corolario de la\u00a0<b>batalla de Caseros<\/b>\u00a0y la ca\u00edda de Rosas o las modificaciones de 1860 que son consecuencias de victorias militares, como la de\u00a0<b>Cepeda<\/b>\u00a0en 1859), mientras que una constituci\u00f3n de tipo social es como una revoluci\u00f3n en s\u00ed misma, concretada al momento del acto constituyente y su dictado.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Estamos acostumbrados a modelos constitucionales que exaltan los derechos individuales, lo cual no deja de ser correcto, aunque ese valor de legalidad, es necesario, pero no es suficiente.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Esa herencia de aquella imponente\u00a0<b>revoluci\u00f3n francesa de 1789<\/b>\u00a0debe ceder ante la contemplaci\u00f3n de un mundo que en su industrializaci\u00f3n y ahora en su variable de modelos tecnol\u00f3gicos novedosos, incorpora espacios sociales masivos y obliga a la necesidad de proteger derechos, colectivos y difusos que surgieron y contin\u00faan surgiendo en funci\u00f3n de las diversificaciones sociales y de la utilizaci\u00f3n de las originales tecnolog\u00edas.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Y este necesario reconocimiento de derechos colectivos no puede llevar a otro lado que a la b\u00fasqueda de justicia social.\u00a0<b>La Rioja<\/b>\u00a0ha dictado su nueva Constituci\u00f3n provincial. Y es del tipo social.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">El gobernador\u00a0<b>Ricardo Quintela<\/b>\u00a0pone en valor una Ley Suprema que abreva en los modelos sociales, y donde en lugar de abusar de reglamentarismos menores, hace eje en nuevos derechos que ampl\u00edan, desde el m\u00e1s alto nivel legal, mejores calidades de vida para los riojanos.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\"><b>Derecho al uso del agua, a la energ\u00eda, a un salario b\u00e1sico universal, a la conectividad<\/b>, entre otras validaciones legales.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Y apunta tambi\u00e9n al mejoramiento de aspectos pol\u00edticos\/institucionales al plantear la\u00a0<b>periodicidad de los jueces<\/b>\u00a0y la\u00a0<b>no reelecci\u00f3n indefinida en ning\u00fan cargo<\/b>\u00a0ya que impone limitaciones temporales y alternancia como obligaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Constitucionaliza la coparticipaci\u00f3n municipal primaria e incorpora derechos para usuarios y consumidores.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">El gobierno riojano entiende que el Estado no puede estar ausente al momento de proteger derechos. Y por eso aplica la idea de \u201ctres matrices\u201d como eje de normativizaci\u00f3n de derechos constitucionales: La matriz social, la institucional y la Municipal (esta como valor que hace de los municipios unidades para el desarrollo humano, sostenible y sustentable, poniendo a esa organizaci\u00f3n comunal en un nivel superior al actual)<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Esta Carta Magna, producto de la decisi\u00f3n del gobernador Quintela y los constituyentes que la redactaron, ahora obliga al propio gobierno a exigirse para cumplir lo propuesto. Y eso, es muy bueno.<\/p>\n<p class=\"paragraph\" data-mrf-recirculation=\"Links inline\">Y es destacable que en tiempo de \u201cescuelas austr\u00edacas\u201d, libertarismo, ultra liberalismo, mercado para todo, anarco capitalismo y exageraci\u00f3n de lo material sobre lo espiritual, aparezca, con brillo propio, fulgor para iluminar a todo el pa\u00eds y con sentido nacional y social, esta Constituci\u00f3n y este hecho pol\u00edtico que significa su puesta en marcha.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Publicado en Infabae &nbsp; Una carta magna con sentido social es una voluntad aspiracional de derechos que a la vez que rige para el presente. 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